jueves, 24 de junio de 2010

Circulación Aérea

Circulación Aérea:
Es la traslación de las aeronaves de un punto a otro de la superficie de la tierra a través del espacio aéreo
Art. 3 C.A.: “El despegue, la circulación y el aterrizaje de aeronaves es libre en el territorio argentino, sus aguas jurisdiccionales y el espacio aéreo que los cubre…”
Régimen Internacional:
Convención de Chicago 1944:
Soberanía del espacio aéreo con acuerdo de tránsito:
1°) Paso inocente (1ra. Libertad)
2°) Derecho a escala técnica (2da. Libertad)

Condiciones:
Las aeronaves deben partir de o aterrizar en aeródromos (salvo excepciones) – Art. 4° C.A.
Prohibición o restricción de circulación cuando se encuentre comprometida la defensa nacional – Art. 7°
Prohibición o restricción de la actividad aérea en determinadas zonas por razones de defensa, interés público o seguridad de vuelo - Art. 8°
Prohibición de transporte de elementos peligrosos, salvo material radiactivo bajo condiciones reglamentarias – Art. 9°
Certificados de matriculación de aeronavegabilidad y de libros de a bordo – Art. 10°
Sistemas de comunicaciones – Art. 11°
Facultad de fiscalización de la autoridad aeronáutica – Art. 12°

Vuelos internacionales:
Derecho de los Estados para:
a) Prohibir o regular el uso de aparatos fotográficos en aeronaves que sobrevuelen sus territorios
b) Fijar las rutas aéreas que deben seguir las aeronaves que cumplen servicios internacionales (seguridad del vuelo)
c) Prohibir el sobrevuelo de aeronaves de otro Estado con pertrechos o municiones de guerra
d) Autorización previa de ingreso al país de aeronave pública extranjera – Art. 15 C.A.

Infraestructura aeronáutica:
Conjunto de instalaciones y servicios que, desde la superficie, sirven a las necesidades de la actividad aeronáutica, posibilitando la partida y la llegada de aeronaves, controlando y aumentando la seguridad de los vuelos (Rodriguez Jurado)
Aeródromos:
Superficies aptas para el despegue y aterrizaje de aeronaves, destinadas al cumplimiento de tales actividades y habilitadas para ello por el Estado (Videla Escalada)
a) Públicos: destinados al uso público
b) Privados
Categorías:
a) Aeródromos
b) Aeropuertos: OACI = aeródromos que cuenten con las instalaciones necesarias para ser reputados importantes para el tráfico aéreo civil
c) Aeropuertos internacionales

Otros tipos de aeródromos:
a) Aeródromos de emergencia o de fortuna
b) Aeródromos de alternativa
c) Hidroaeropuertos (proyecto sobre Río de la Plata en Bs.As.)
d) Helipuertos
Habilitación previa de la autoridad aeronáutica
Cobro de tasas por servicios aeroportuarios.
Limitaciones al dominio – zona de despeje de obstáculos. Expropiación

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