martes, 13 de noviembre de 2012


Fuente: Iustel.com (España)

LA SEGURIDAD AERONÁUTICA EN LA LEGISLACIÓN
Julio López Quiroga

Uno de los objetivos prioritarios del Derecho aeronáutico es el establecimiento de normas que tienen por objeto proteger el bien jurídico que constituye la seguridad aérea. Aunque desde sus orígenes esta es una afirmación que resulta patente, el desarrollo de la aviación y determinados hechos acaecidos en el marco de la aviación comercial han venido a incrementar los esfuerzos del legislador internacional, europeo y español por dotar a los actores de este sector económico de nuevos instrumentos, no solo técnicos, sino también jurídicos, tendentes a potenciar esta protección.
El concepto de seguridad en el sector aeronáutico no es un término unívoco. Así, la seguridad aérea puede hacer referencia al conjunto de normas y procedimientos, generalmente de carácter preventivo, que tiene por finalidad eliminar las causas que puedan alterar de forma negativa el normal desarrollo de la navegación aérea, es decir, aquellas circunstancias endógenas, referidas tanto a la propia aeronave como a su operación (lo que en términos anglosajones se conoce como safety). Frente a esta se establecen otras normas y procedimientos, de carácter preventivo y represivo, destinados a garantizar la seguridad frente a interferencias ilícitas provenientes de hechos exógenos que inciden en el normal desarrollo de la navegación (aspecto de la seguridad aeronáutica que responde al término inglés de security). Pues bien, en el ámbito de esta última acepción quedan enmarcados los comentarios que siguen.
Ya en el preámbulo al Convenio de Chicago sobre Aviación Civil Internacional de 1944, carta magna del Derecho de la navegación aérea internacional, se apuntaba al desarrollo seguro de los servicios internacionales de transporte aéreo como uno de los principios esenciales que habrían de informar la regulación aeronáutica internacional. El establecimiento de las normas y los métodos recomendados en esta materia quedó relegado al anexo 17 del citado Convenio (titulado Seguridad: protección de la aviación civil internacional contra actos ilícitos), con lo que se permitía una más fácil modificación de tales disposiciones a fin de ir adecuándolas a las necesidades del desarrollo de la aviación.
Lo cierto es que, como hace tiempo expresaron las autoridades europeas, la eficacia de las medidas de seguridad requiere de una coordinación internacional en su establecimiento y aplicación. Además, la efectividad de tales medidas queda irremediablemente condicionada a que los distintos actores que intervienen en la cadena del transporte aéreo asuman la parte de responsabilidad que les corresponde. No en vano el artículo 32 de la Ley de Seguridad Aérea establece un amplio espectro de sujetos destinatarios de obligaciones en materia de seguridad, poniendo así de manifiesto que todos aquellos que de alguna forma intervienen en el sector aeronáutico deben contribuir a la consecución de la seguridad.
Sin duda, la evolución de la legislación aérea en materia de seguridad conoce un antes y un después de los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos. La prioridad y relevancia que ha adquirido la seguridad aérea desde entonces carece de precedentes en la historia de la aviación. La producción normativa impulsada desde la Unión Europea como reacción a tal suceso ha sido continua.
El punto de partida de esta regulación se encuentra en el Reglamento (CE) número 2320/2002, posteriormente derogado por el vigente Reglamento (CE) número 300/2008 sobre normas comunes para la seguridad de la aviación civil, aplicable desde el 29 de abril de 2010. Pues bien, esta disposición establece las normas básicas comunes de seguridad que deben ser observadas en todos los aeropuertos (no militares) ubicados en los territorios de los Estados miembros con el fin de proteger a la aviación civil contra actos de interferencia ilícita. Esta norma, a su vez, ha sido completada por el Reglamento (UE) número 185/2010, que establece medidas detalladas de aplicación a las normas básicas en materia de seguridad.
El citado Reglamento (CE) número 300/2008 establece la obligatoriedad de que cada uno de los Estados miembros adopten un programa nacional de seguridad para la aviación civil. Por su parte, también las compañías aéreas deberán elaborar y aplicar un programa de seguridad en el que establecerán los procedimientos que deben seguirse para cumplir con las disposiciones comunitarias y con el programa nacional de seguridad del Estado miembro en el que presten servicios. Salvo excepciones, el programa elaborado por las compañías aéreas será reconocido en todos los Estados miembros siempre que haya sido validado por el Estado miembro que expida a la compañía aérea la licencia de explotación.
En cumplimiento de la obligación impuesta por el citado Reglamento, mediante Resolución de 16 de julio de 2012 de la Secretaría General de Transportes -autoridad competente para la coordinación y seguimiento de su aplicación- se ha publicado el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil (PNS). La publicación oficial del PNS, como es lógico, se ha limitado a las partes calificadas como públicas, y no a la de aquellas otras de carácter reservado y cuya divulgación podría facilitar su elusión, lo que no impide, sin embargo, la obligatoriedad de su cumplimiento por parte de los sujetos a quienes afecte, como así ha resuelto la reciente sentencia de 5 de septiembre de 2012 del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid.
El PNS resulta de aplicación a todas las compañías aéreas, de cualquier nacionalidad, que presten servicios en los aeropuertos y helipuertos españoles en los que operen vuelos comerciales, ya que, como ha declarado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de julio de 2012, la seguridad aeronáutica es una cuestión de interés público. En todo caso, en cumplimiento de la normativa comunitaria, las disposiciones de los planes nacionales han de resultar pertinentes, objetivas, no discriminatorias y proporcionales al riesgo que pretenda prevenirse.
Conforme al Reglamento (CE) 300/ 2008, cada Estado miembro habrá de establecer el régimen sancionador que deba aplicarse cuando se infrinjan las normas de seguridad aérea contenidas en la disposición comunitaria; sanciones que, en todo caso, deberán ser efectivas, proporcionadas y disuasorias. En nuestro ordenamiento jurídico, tal régimen sancionador se establece en la antes mencionada Ley de Seguridad Aérea en la que, además, se tipifican como infracciones aeronáuticas los incumplimientos de las obligaciones de seguridad que allí se regulan. En fin, compete a la Administración aeronáutica española sancionar los incumplimientos a la referida normativa sobre seguridad aérea que tengan lugar en nuestro territorio.

lunes, 5 de noviembre de 2012

Día de la Aviación Civil

Fuente: Aeroespacio

Hoy 5 de noviembre celebramos el día de la Aviación Civil, en conmemoración del nacimiento de Aaron Félix de Anchorena, hombre polifacético, diplomático y deportista, que el 25 de diciembre de 1907 protagonizó, junto a Jorge Newbery, el primer vuelo en nuestro país de una aeronave de propiedad nacional.
Se trató del globo "Pampero", que de Anchorena había adquirido en Francia mientras ocupaba la Secretaría de Legación Argentina en aquel país. Fue allí que en 1905 el diplomático argentino voló por primera vez en un aerostato con el brasileño Santos Dumont. Luego se asoció al Aero Club de Francia y obtuvo el brevet de aeronauta, completando once vuelos en globo, siete de ellos con un esférico con envoltura de seda, de 1200 m3, que adquirió y bautizó con el nombre de un viento característico de su país: Pampero.
En julio de 1907 de Anchorena trajo su globo a la Argentina, y el 25 de diciembre a las 11 horas, en compañía del ingeniero Jorge Newbery (entonces Director de Alumbrado de la Municipalidad de Buenos Aires) realizó a bordo del "Pampero" la histórica ascensión desde la Sociedad Sportiva Argentina (Actual Campo Argentino de Polo en Palermo).
Esta fue la primera actividad aérea ejecutada por argentinos, con medios y apoyos nacionales y está considerada como el origen del vuelo civil en nuestro país.
A instancias de Anchorena, y bajo su presidencia, pocos días después, el 13 de enero de 1908, en los salones de la Sociedad Sportiva, se fundó el Aero Club Argentino, institución madre del vuelo organizado nacional.
Desde estas páginas aeroespacio saluda a todos los pilotos, técnicos y entusiastas de la aviación, y propicia que los "hombres del aire" aúnen sus esfuerzos, nutriéndose del legado de nuestros pioneros, con el objeto de desarrollar una aeronáutica nacional cada día mejor en beneficio de nuestra sociedad.

jueves, 2 de agosto de 2012

EE.UU. no descarta una queja formal contra el sistema de emisiones europeo


Fuente: ABC.es
El Gobierno de EEUU dijo que no descarta la posibilidad de presentar una queja bajo el Artículo 84 de la Convención de Chicago, para evitar la aplicación unilateral del polémico sistema de comercio de emisiones europeo (ETS, en inglés) contra aerolíneas extranjeras. «No hemos tomado una decisión sobre una posible acción bajo el Artículo 84. No tenemos nada sobre la mesa... no tenemos planes inmediatos de hacerlo pero eso siempre es una opción», dijo en conferencia telefónica con periodistas un funcionario de alto rango de la Administración Obama, que pidió el anonimato.
El mencionado artículo forma parte de la Convención de Chicago de 1944, que estableció mecanismos para la resolución de disputas entre los países miembros de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), cuando surgen quejas por violar «el principio cardinal de la soberanía de los Estados». Por ahora, el Gobierno de EEUU prefiere explorar una solución consensuada y «global» a la disputa con la Unión Europea (UE) sobre el ETS.
En el peor de los casos, una queja formal bajo el Artículo 84 haría que los 27 miembros de la UE pierdan su derecho al voto en la ICAO, en el supuesto de que el Consejo de ese órgano emita un fallo en contra del ETS.

Oposición sólida ante ETS

El funcionario ofreció un resumen de la reunión de dos días, concluida hoy en la sede del Departamento de Transporte de EEUU, con otros 16 países que se oponen al ETS, que a partir de abril de 2013 exigiría a aerolíneas extranjeras no europeas pagar por emisiones de dióxido de carbono (CO2). Entre los principales críticos del ETS figuran EEUU, Rusia, China e India, aunque el funcionario no precisó la lista total de países representados en el encuentro en Washington. «La reunión confirmó, sin que sorprenda a nadie, una oposición muy sólida en contra de que el ETS se aplique a las aerolíneas extranjeras» y los 16 países representados coincidieron en la necesidad de «trabajar en una solución global», indicó.
Según el funcionario, existe una amplia gama de pasos concretos que las aerolíneas han tomado o piensan adoptar para reducir las emisiones tóxicas, incluyendo aviones y repuestos más eficientes, una mejor gestión de las operaciones de aviación comercial, y el uso de combustibles alternativos. Agregó que las autoridades de Estados Unidos se han mantenido en contacto con sus pares de la UE para mantenerles al tanto de la reunión, aunque no precisócuáles serían los siguientes pasos.

Distintas leyes en lugar de «solución gobal»

La reunión de dos días en Washington dio seguimiento a otra realizada en Moscú en febrero pasado. El próximo encuentro del Concejo de la ICAO está previsto para el noviembre próximo. El ETS afronta la oposición de las aerolíneas y de la mayoría de los líderes del Congreso de EEUU, que consideran que ese sistema no es más que un impuesto unilateral de la UE que no garantiza una reducción en las emisiones de gases tóxicos.
En general, la Administración del presidente Barack Obama se opone al ETS en particular porque considera que, si bien comparte el objetivo de ese régimen de comercio de emisiones, no es la forma más adecuada de lograrlo y puede dar pie a un «mosaico» de distintas leyes en vez de una «solución global».
El martes, el Comité de Comercio del Senado aprobó una legislación, que deberá someterse al voto del pleno de la Cámara Alta, que prohíbe a las aerolíneas estadounidenses participar en el ETS y exige la realización de una audiencia pública sobre el impacto de ese programa europeo. Sin embargo, el Fondo de Defensa Ambiental (EDF, en inglés) ha salido a la defensa del ETS al considerar que las aerolíneas tienen parte de responsabilidad por la contaminación ambiental en el planeta, y que el costo adicional de un boleto de avión es mínimo comparad«o con el beneficio.

domingo, 8 de julio de 2012

Aterrizaje de emergencia de un Airbus A340 de Aerolíneas Argentinas


Fuente: Clarin.com


Un Airbus A340 de la compañía Aerolíneas Argentinas (AA) aterrizó en emergencia en el aeropuerto romano de Fiumicino, sin ninguna consecuencia para los pasajeros, a causa de un "bird strike", o sea un choque contra una bandada de pájaros, según consignó ANSA.
El impacto obligó al comandante a retornar a la estación aérea romana dos horas después de haber despegado rumbo a nuestro país.

martes, 3 de julio de 2012

Argentina moderniza sus Bell UH 1H para que puedan operar de noche


Fuente: Defensa.com
El Ejército modernizará en este año una decena de helicópteros Bell UH 1H para que puedan operar también de noche, según nos  informó personal del Comando de Aviación de la Fuerza. Las mejoras de estas maquinas, implicarán inversiones de 600.000 dólares por unidad, para facilitar las complejas operaciones con visores nocturnos y equipamiento específico. La "nocturnización" de helicópteros es parte del plan de recuperación de capacidades operacionales puesto en marcha por el Ministerio de Defensa, que además implica el desarrollo y producción de sistemas nocturnos FLIR y visión de fabricación nacional.
El proyecto "Hornero" lanzado en su momento, significó la modernización de los UH 1H originales para llevarlo a su versión optimizada "Huey II", con mayores prestaciones y autonomía de vuelo, ampliando su vida útil y conquistando la autonomía logística y de mantenimiento respecto del fabricante. En 2009 el fabricante original, la empresa norteamericana Bell Textron Helicopters, homologó a los talleres del Comando de Aviación del Ejército para realizar estas mejoras a aeronaves de Fuerzas Armadas de países vecinos.
En la actualidad ya hay 12 de estas unidades con capacidades Huey II. Son éstas las que se prepararán para poder operar sin luz natural.
El proyecto "Hornero" comenzó en 2005 con la capacitación inicial en Estados Unidos de medio centenar de oficiales y suboficiales. Esta fuerza de trabajo es la única de América Latina autorizada por la “Bell Textron Helicopters”, para efectuar la transformación del UH-1H a Huey II.
De este proceso participan también algunos soldados voluntarios que ingresaron a la Fuerza con estudios secundarios de escuelas técnicas y terminan su servicio como especialistas en mecánica de aviación con salida laboral en el sector civil o en empresas estatales.
Las mejoras implementadas en la nave permiten su utilización en ambientes hostiles. El Huey II ya fue testeado en condiciones geográficas y climáticas extremas y sometido a las más severas exigencias habiendo superado las expectativas del Ministerio de Defensa en la actualidad CITEDEF, Centro de Investigaciones de las Fuerzas Armadas está trabajando con avanzados sistemas de visores nocturnos de cabeza para los pilotos de estas maquinas, con el fin de obtener la plena de utilización de los sistemas de la institución. Pese a la antigüedad de los helicópteros que mencionamos, el Batallón de Mantenimiento de la Aviación del Ejército realiza una magnífica labor que permite una máxima operatividad de los medios disponibles.

martes, 29 de mayo de 2012

Un avión a energía solar intenta mantenerse 25 horas en vuelo


Fuente: Clarin.com

Un avión propulsado por energía solar despegó esta madrugada desde una base en Suiza para realizar un vuelo de 25 horas.

El avión, llamado Impulse, es experimental y fue concebido por Bertrand Piccard, un explorador suizo. El despegue desde la base militar Payerne, en el oeste del país fue a una velocidad de 35km/h. André Borschberg, cofundador del proyecto y ex piloto de combate pilotea la nave.

Borschberg tratara de permanecer en el aire por 25 horas a una altura de 8.500 metros sin usar un piloto automático. El avión adquiere su energía únicamente de 12.000 células fotovoltaicas que cubren sus alas y proveen de energía a cuatro motores eléctricos de 10 caballos de fuerza cada uno.

Después de trece horas de vuelo, el equipo de control en tierra decidirá si Borschberg podrá seguir volando durante la noche. La decisión tendrá en cuenta la capacidad del sol para cargar las baterías del avión y los vientos de altura.

El diseño del avión insumió siete años, y la construcción arrancó el año pasado. Las alas tienen una envergadura de 63,40 metros (similar a la de un Airbus A340) y la aeronave pesa apenas 1.600 kilos. Los desarrolladores ya planean construir una nave más grande que dé la vuelta al mundo en 2013 o 2014.

domingo, 22 de abril de 2012

Boeing realizó el primer vuelo transoceánico con biocombustible


Fuente: Aerotendencias.com
Boeing y All Nippon Airways han marcado un hito en la historia de la aviación al realizar el pasado lunes 16 de abril el primer vuelo transoceánico del 787 Dreamliner propulsado parcialmente por biocombustibles sostenibles. «El 787 es el reactor más avanzado en términos medioambientales de los que están operativos en la actualidad, al combinar consumo eficiente del combustible y comodidad con menores emisiones de carbono», dijo Billy Glover, Vice-Presidente de Boeing Commercial Airplanes encargado de Política Medioambiental y de Aviación.
El vuelo de entrega, entre el Centro de Entregas de Boeing en Everett, en el estado de Washington, y el Aeropuerto de Haneda (Tokio), es asimismo el primero en cruzar el Pacífico utilizando biocombustibles.

«Nuestro vuelo histórico, cruzando el Océano Pacífico utilizando biocombustibles sostenibles, muestra cómo se puede utilizar la innovación tecnológica en pos del objetivo de nuestro sector de crecer sin aumentar las emisiones de CO2 a partir de 2020», dijo Osamu Shinobe, Vice-Presidente Ejecutivo Senior de ANA.
El vuelo del 787 se realizó con biocombustibles procedentes principalmente de aceites para cocinar, y se estima que ha emitido un 30% menos de CO2 que los aviones actuales de tamaño similar. De esa reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, aproximadamente el 10% se puede atribuir al biocombustible y el 20% restante a los avances en tecnología y eficiencia conseguidos por el Dreamliner.
El Boeing 787 Dreamliner está hecho principalmente de materiales compuestos y es el primer avión de tamaño medio que puede abarcar rutas de largo radio, lo que permitirá a las aerolíneas crear nuevas rutas sin escala, las preferidas por los viajeros.
Boeing está en la vanguardia de los esfuerzos a nivel mundial por desarrollar biocombustibles sostenibles para el sector aéreo, dentro de la estrategia del sector para rebajar sus emisiones de CO2.

miércoles, 7 de marzo de 2012

Unificó Aerolíneas en los Airbus 340 su flota internacional

Fuente: AviacionNews

A través de un comunicado de prensa, Aerolíneas Argentinas dio por concluido el proceso de unificación de la flota de largo radio en aeronaves Airbus A340. Con la llegada la semana pasada del LV-CSF y la salida el 1º de febrero del último B747-400, la empresa dispone ahora de 11 A340 para cubrir sus vuelos a Madrid, Barcelona, Miami, México, Roma, Auckland/Sydney, Caracas y Bogotá.

Cuatro de estos aviones, los A340-200, son propiedad de la compañía y fueron incorporados en 1999 durante la administración de American Airlines. Habían sido fabricados en 1994 y pertenecieron a Philippines Airlines. Los siete restantes son alquilados: dos se sumaron en el 2007 (administración Marsans) y cinco durante la administración estatal.

El promedio de edad de estos cinco aviones varía entre los 11 años del LV-CSX (alquilado a ILFC después de haber volado para Air France) y los aproximadamente 16 años de los restantes (tres ex Cathay).

Un dato interesante es que los últimos cuatro equipos incorporados tienen un peso de despegue (275 toneladas) que les permite volar a cualquiera de los destinos que opera la empresa sin limitar la cantidad de pasajeros, cosa que no ocurre con el resto de la flota.

martes, 3 de enero de 2012

Se cumplen 50 años de la llegada del primer vuelo argentino al Polo Sur

Fuente: Infobae.com


Luego de una travesía de más de 20 días, el 6 de enero de 1962 llegaban al punto más austral del planeta dos aviones DC3 de la Aviación Naval de la Armada Argentina

Se cumplen 50 años de la llegada del primer vuelo argentino al Polo Sur

Fue una hazaña que muchos habían imaginado y que lograron concretar doce marinos argentinos. Las unidades de la Aviación Naval realizaron una difícil ruta de vuelo en sentido inverso sin apartarse del cono antártico y fueron los primeros en arribar al lugar directamente desde el continente americano y, más concretamente, desde territorio argentino.

El itinerario de vuelo

A las 5:48 del 18 de diciembre de 1962, las aeronaves de la Segunda Escuadrilla Aeronaval de Transporte despegaron de la Estación Naval Río Gallegos rumbo al Cabo de Hornos. La etapa inicial de vuelo al Sur concluyó luego de 8 horas 17 minutos de travesía, en parte por el peso que transportaban, pero además por la necesidad de ahorrar combustible. Y llegaron perfectamente a la Base Teniente Matienzo.

El 26 de diciembre, aprovechando la buena meteorología, despegaron para continuar el trayecto hasta la Estación Científica Ellsworth.

El 6 de enero a las 13:05 despegaron rumbo al Sur, mientras se abría a su proa una zona cubierta de grietas enormes. Se encontraban muy cerca del Polo Sur y la zona que sobrevolaban tenia una capa de hielo de casi 3000 metros de espesor.

Eran las 20:45 hora argentina; al iniciar la cuarta pierna de la búsqueda, descubrieron por la amura de estribor unos puntos negros que no pertenecían al natural paisaje antártico. El teniente Grondona, copiloto de una de las aeronaves, giró de inmediato hacia esa dirección donde avistaron el Polo Sur a más de 30 millas. Recién a las 20.15 estuvieron sobre su vertical, y diez minutos más tarde aterrizaban en medio de la mirada complacida de todos los integrantes de la base.

El 6 de enero de 1962, los tripulantes de esos DC3 hicieron historia: fue el primer vuelo hasta el Polo Sur geográfico, con descenso realizado desde América. Y los pioneros eran de la Aviación Naval Argentina.

“Cuando nos dijeron que íbamos al Polo, lo tomamos en broma. La orden era llegar lo más al sur que se pudiera. Empezamos a trabajar en el alistamiento, cada uno en lo suyo. Y perdimos un poco de vista lo que se venía al final”, cuenta el por entonces teniente de fragata Héctor Martini, jefe de supervivencia de la expedición.

“Sentimos algo fuerte cuando vimos flamear nuestra bandera. Era la cuarta en estar ahí. La primera fue la noruega, la segunda la inglesa, en los años 50 llegó la norteamericana y, ahí nomás, la nuestra”, recuerda con emoción quien llegó a ser el contralmirante Martini.